07 Septiembre. El Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda condenó al Gobierno a devolver a los consumidores un sobreprecio pagado por el arroz, entre el 15 de mayo del 2013 y el 7 de junio del 2015, cuando se fijaron precios por ley mediante decretos para todas las calidades del grano.
La resolución del tribunal se conoció el viernes pasado, mediante la sentencia número 145-2015-VI y resuelve un caso presentado por la Asociación Nacional de Consumidores Libres y la Asociación Consumidores de Costa Rica.
La resolución del tribunal se basa en la diferencia de precio entre el grano a escala nacional y el internacional, en el periodo
en le cual estuvieron en vigencia los decretos que fijaron los valores al consumidor para todas las calidades, así como el precio al productor.
El tribunal exige realizar el cálculo de la diferencia porcentual entre el precio local y el internacional para el periodo, pero no define el mecanismo para concretarlo.
El primer decreto que se cuestionó entró en vigencia el 15 de mayo del 2013, en la administración pasada, y fijó un precio del arroz para el productor, así como para todas las calidades en el caso del consumidor. Tambien se cuestionaron los decretos del 20 de diciembre del 2014, donde se prorrogó por seis meses la medida de fijación de precios y otro del 16 de enero del 2014, donde se prorrogó esa fijación hasta el 7 de junio de este año.
Los decretos se emitieron en la administración anterior como una supuesta transición hacia un mecanismo de liberalización de los precios del arroz. Hasta aquel momento estabajan fijados por ley solo los precios de la calidad 80-20 (con 20% de grano quebrado) e inferiores. Las calidades superiores tenían precio libre. A partir de los decretos, todas las calidades tuvieron precio fijado.
El gobierno pasado argumentó que se requería la liberalización del mercado del arroz ante cuestionamientos de socios comerciales en la Organización Mundial del Comercio (OMC) y porque el arroz es el único producto que se mentiene con precio fijado por ley.
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La actual administración echó atrás en la medida y mantiene el esquema de fijación de precios.
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En vista de que el fallo ordenó hacer el cálculo del sobreprecio pagado no se conoce el monto que se devolverá, mediante precio, a los consumidores.
Erick Ulate, presidente de Consumidores de Costa Rica, explicó al meiodía de este lunes que aún no tienen claro cómo se realizará el cálculo de la suma por por devolver a los consumidores y tampoco quién debe realizar la estimación. Explicó que la asesoría legal de las asociaciones de consumidores analizan el tema para definir qué camino siguen.
En tanto, el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) declaró que no se referirá al caso, por ahora, pues apenas está en una de sus etapas. Explicó que apelará el caso en Casacion.
Fuente: http://www.nacion.com